Normativa

 

La norma de referencia que adopta el Código Técnico de la Edificación, que detalla en su Documento Básico de Salubridad en su Sección HS3 ( CTE-DB-HS3 ), tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de salubridad, concretamente en Calidad del aire interior y siendo de aplicación en APARCAMIENTOS Y GARAJES.

El CTE indica que «Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.»

Para ello, en la Sección HS3 en el punto 7. Mantenimiento y conservación indica las operaciones que deben realizarse y su perioricidad.